Dirección General de Política Lingüística

Avda. Ranillas 5 D  –  Edificio Ranillas   –   50071  Zaragoza  (Zaragoza)
Tfno: 976715465     Email: dgpollinguistica@aragon.es

 

 

Conforme al DECRETO 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte (art. 28), corresponden a la Dirección General de Política Lingüística la planificación y ejecución de los programas necesarios para garantizar y normalizar socialmente el uso de las lenguas propias de Aragón, en su caso, así como su dignificación, recuperación, protección, promoción y difusión, entre otros, en los ámbitos educativo, de los medios de comunicación y de la vida social, cultural e institucional de Aragón, así como la coordinación con otras administraciones para los mismos fines, según lo previsto en el Estatuto de Autonomía de Aragón en su redacción dada por la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón y en la Ley 3/2013 de 9 de mayo de uso, protección y promoción de las lenguas y modalidades lingüísticas propias de Aragón.

 

_MG_1496

Y en particular, le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:

a) Proteger y recuperar las lenguas propias de Aragón.
b) Promover la investigación del patrimonio lingüístico aragonés, recuperar, en su caso, los bienes materiales que lo componen y registrar en diferentes soportes el patrimonio inmaterial existente en la actualidad garantizando su transmisión.
c) Potenciar la enseñanza de las lenguas propias de Aragón en todos los niveles y etapas, incluso la educación de adultos, con respeto a la voluntariedad de su aprendizaje, en colaboración con otras direcciones generales del Departamento e impulsar la elaboración de materiales didácticos.
d) Promover y difundir las lenguas propias de Aragón en los medios de comunicación, en manifestaciones culturales, artísticas y deportivas, así como a través de la producción editorial en cualquier soporte, la producción fonográfica, audiovisual y cinematográfica.
e) Promover la creación literaria en las lenguas propias de Aragón, mediante la convocatoria de premios literarios y el impulso de actividades culturales.
f) Coordinar y colaborar con las entidades locales y otras administraciones, entidades e instituciones para la implementación de programas y planes específicos para el efectivo uso y normalización social de las lenguas propias de Aragón en las zonas de utilización predominante de dichas lenguas.
g) Determinar los topónimos propios de las zonas de uso predominante de las lenguas propias de Aragón.

 

Servicio de Política Lingüística

Bajo la dirección inmediata del Director General de Política Lingüística, al Servicio de Política Lingüística le corresponden todas aquellas funciones que tienen como objetivo reconocer la pluralidad lingüística de Aragón y garantizar a los aragoneses el uso de sus lenguas y modalidades lingüísticas propias como un legado cultural histórico que debe ser conservado, así como propiciar la conservación, recuperación, promoción, enseñanza y difusión de las lenguas y modalidades lingüísticas propias de Aragón.
En especial le corresponde el ejercicio de las siguientes:
a) Planificación, diseño y ejecución, en su caso, de propuestas de promoción y difusión de las lenguas propias de Aragón a través de cualquier medio, incluidos los medios de comunicación y la producción editorial y audiovisual.
b) Coordinación de la enseñanza de las lenguas propias de Aragón, en todos los niveles y etapas, incluida la educación de adultos, en sus zonas de utilización predominante y en las localidades en las que haya centros educativos de referencia para el alumnado procedente de municipios de estas zonas, así como en aquellas otras en que haya demanda suficiente, en colaboración con el resto de servicios del Departamento.
c) Diseño de programas para la difusión y promoción de las lenguas propias de Aragón, tanto de ejecución propia, especialmente en centros educativos, como en coordinación con entidades locales, instituciones y entidades, para la puesta en práctica de planes específicos para el efectivo uso y normalización social y cultural de dichas lenguas.
d) Convocatoria de subvenciones relativas al uso, protección y promoción de las lenguas propias de Aragón.
e) Traducción de cuantos textos deban ser publicados en las lenguas propias de Aragón en el «Boletín Oficial de Aragón», así como aquellos otros textos que le sean requeridos por cualquier administración pública.
f) Cualesquiera otras que le puedan ser encomendadas por la Dirección General de Política Lingüística en su ámbito de gestión y en relación con el uso, protección y promoción de las lenguas propias de Aragón y sus modalidades.